PRENSA

Rosh Hashaná y Iom Kipur vigencia de las leyes 24.571 y 25.151

La DAIA, representación de la comunidad judía argentina, informa que se encuentran vigentes las Leyes Nacionales sancionadas por el Congreso de la Nación números 24.571 y 25.151 por las cuales Rosh Hashaná y Iom Kipur “se declaran días no laborables y remunerativos para todos los habitantes que profesen la religión judía”. En su Art. 1º la Ley 24.571/95 especifica: “Declárese día no laborable para todos los habitantes de la Nación Argentina que profesen la religión judía los días de Año Nuevo (Rosh Hashaná) dos días (2) y el Día del Perdón (Iom Kipur) un (1) día”. Por su parte, la Ley 25.151/99 aclara que “los trabajadores comprendidos en esta ley que no prestaren servicios en las festividades religiosas indicadas en las mismas, devengarán remuneración y los demás derechos de la relación laboral como si hubiesen prestado servicio”.Rosh Hashaná: desde el anochecer del 18 de septiembre. Iom Kipur: desde el anochecer del 27 de septiembre. Ante cualquier inquietud comunicarse al 4378-3200. daia@daia.org.ar