Participar de una organización (Artículo 3° Ley 23.592)
La acción típica de esta figura penal consiste en participar en una organización o realizar propaganda basada en ideas o teorías de superioridad racial o de un grupo de personas de una determinada religión u origen étnico. Se reprime la mera participación en un grupo de esta clase, entendiéndose por tal la circunstancia de formar parte de este tipo de organizaciones; debe tratarse de una organización, lo cual supone un mínimo de cohesión entre sus miembros para el logro de sus fines, pero sin exigir el tipo penal una especial o determinada estructura para dicha organización. (Voto del Dr. Fégoli).
Russo, Ricardo y otro s/recurso de casación
Madueño, Fégoli, Mitchell
CNCP - Sala II 12/04/1999
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