PRENSA

Para Gils Carbó, la Corte no debe decidir sobre el acuerdo con Irán

La procuradora general de la Nación, Alejandra Gils Carbó, se pronunció en contra ‎de que la Corte Suprema de Justicia de la Nación intervenga directamente en un ‎amparo presentado por un grupo de abogados contra el acuerdo firmado por el ‎Gobierno con la República de Irán en torno al atentado de 1994 contra la AMIA.‎
Gils Carbó dijo que la cuestión no es de “competencia originaria” de la Corte y, ‎además, sostuvo que los abogados no tienen “legitimidad” para pedir la acción de ‎la Justicia en este tema.‎
El amparo fue presentado directamente ante la Corte por cinco profesionales de ‎Abogados en Propuesta Peronista (APROPE). Esta demanda nada tiene que ver ‎con otra acción de amparo que promovieron la semana pasada la AMIA y la DAIA ‎ante un juzgado de primera instancia del fuero Contencioso Administrativo ‎Federal. En este último caso, la jueza subrogante María Alejandra Biotti debe ‎resolver primero la competencia de su fuero para intervenir en el caso.‎
La procuradora general recomendó a la Corte declararse incompetente en el ‎planteo de los abogados de APROPE. Estos acudieron directamente al máximo ‎tribunal al sostener que entre los iraníes reclamados por la Justicia argentina por ‎su presunta responsabilidad en al atentado se encuentran “funcionarios ‎diplomáticos extranjeros”.‎
Pero, según Gils Carbó, “la doctrina” de la Corte restringe su competencia en ‎‎“asuntos concernientes a embajadores, ministros y cónsules” a “los supuestos” en ‎que ellos “sean parte, ya sea como actor o demandado”. El tema, según Gils ‎Carbó, es que en la demanda no se identificó a los iraníes que se reclama en la ‎causa penal por el atentado y que ahora podrían beneficiarse con el acuerdo ‎firmado entre los gobiernos argentino e iraní.‎
Los iraníes con pedido de captura internacional y circular roja de Interpol son ‎cinco y sus nombres han sido difundidos ampliamente en los medios de ‎comunicación. Al menos dos de ellos gozaban de estatus diplomático. Ellos son el ‎ex agregado cultural Moshen Rabbani y el ex tercer secretario de la Embajada ‎iraní en la Argentina, Ahmad Reza Asghari.‎
‎“No corresponde la competencia originaria de la Corte dado que la presente causa ‎no concierne a embajadores, ministros y cónsules extranjeros, no es parte una ‎provincia y nos e dan las circunstancias que la habilitan”, según la ley, expresó ‎Gils Carbó en el dictamen firmado y enviado a la Corte.‎
Ahora será el máximo tribunal el que deberá decir si interviene o no en el asunto. ‎En caso de compartir el criterio de la procuradora, la Corte seguramente remitirá ‎la demanda al fuero contencioso administrativo y ésta se sumará al amparo de la ‎AMIA y la DAIA.‎